Una norma del consorcio que administra el edificio ubicado en Santa Fe al 3.300 prohibía tener animales y por esa razón demandó a una familia. La Justicia falló a favor del los familia del perro y advirtió sobre las cláusulas abusivas de dichos reglamentos.
Una familia que vivía en el barrio porteño de Palermo podrá quedarse con su perro, luego de que le Justicia le diera la razón en un juicio contra el consorcio que los acusaba por quebrar una regla del lugar que impedía tener «mascotas» en la propiedad.
El perro en cuestión llamado «Trazan», que vivía con el abogado Ramón Beltrán, su esposa Araceli y los tres hijos del matrimonio en un edificio de la avenida Santa Fe al 3.300.
De acuerdo a una norma del consorcio del edificio, no se permiten «mascotas» y, por esa razón, intimó mediante cartas documentos a la familia que ocupa un departamento del piso 11º.
Pero, según informó el diario Clarín,la discusión fue subiendo de tono y aunque en el mismo edificio hay otros animales, como el gato de la jueza penal Elena Do Pico Farrel, el consorcio resolvió en una asamblea extraordinaria demandar a «Tarzán» y familia.
La Justicia falló a favor de los «dueños del perro y advirtió sobre las cláusulas abusivas que suelen tener los reglamentos de muchos edificios de propiedad horizontal.
En la sentencia de primera instancia,el juez juez Carlos Frontera sostuvo que ese tipo de prohibiciones no pueden realizarse en reglamentos cualesquiera, sino que deben consignarse en el reglamento de copropiedad y en una escritura pública.
Ante la apelación del consorcio, la Sala I de la Cámara Civil mantuvo el criterio de Fronteras y dijo que no pueden aplicarse con “estrictez e irrazonablemente” ese tipo de cláusulas. “La exclusión de un animal por el solo hecho de serlo, importaría un ejercicio abusivo del derecho», señaló el escrito.
Las costas del juicio, cifra que supera los tres mil pesos, deberán ser afrontados por todos los propietarios del edificio.