La iniciativa fue presentada por el senador Roberto Basualdo, quien busca actualizar la Ley de «Protección de animales contra actos de crueldad» de 1954. Las penas irían hasta un año de prisión y las multas llegarían a los $3000.
Ante los reiterados casos de maltrato animal, un senador nacional presentó un proyecto para agravar las penas a quienes agredan a estos seres vivos.
En el Congreso ya se presentaron proyectos para prohibir experimentos científicos y los zoológicos y ahora se conoció una iniciativa que propone la privación de la libertad para quienes maltraten a los animales. La propuesta es impulsada por el senador nacional por San Juan y vicepresidente de la Cámara alta, Roberto Basualdo.
Según la iniciativa, la pena será de 1 mes a 1 año de cárcel, más una multa entre $500 a $200 para quienes maltraten animales. En tanto, para los actos de crueldad, la sanción será de prisión de 2 meses a un año más una multa entre $1000 y $3000.
«El objetivo de la iniciativa es brindar mayor protección a los animales de compañía, silvestres, y de producción que se encuentren en cautiverio, es decir, se incluyen una serie de conductas típicas que hoy se cometen de forma usual, ya sea como maltrato y como crueldad contra los animales, que no son contemplados en la actual ley de protección de animales», explicó el legislador.
Serán considerados actos de maltrato: no alimentar en cantidad y calidad suficiente, no brindarle asistencia veterinaria en caso de enfermedad; abandonarlos en la vía pública; no cumplir con el plan de vacunación y desparasitación; azuzarlos para el trabajo mediante elementos que no sean de simple estímulo, que les provoquen castigo o sensación de dolor o heridas; hacerlos trabajar en jornadas de duración o de intensidad excesiva, o cuando se encuentren lesionados, o en mal estado físico.
Asimismo, será motivo de sanción no proporcionarles a los animales la debida atención alimentaría y de descanso cuando cumplan trabajos de tiro, deportivo o de carreras; emplear animales en el tiro de vehículos cuando excedan sus fuerzas o no se encuentren en buen estado físico; aplicarle sustancias estimulantes cuando no sea a fines terapéuticos; no brindar un albergue adecuado y mantener atado o enjaulado en forma permanente a los animales domésticos.
También serán sancionados quienes vendan animales en la vía pública, en ferias, mercados o locales no autorizados para tal fin y quienes hagan reproducir animales con fines comerciales abusando de su capacidad física o cuando se encuentren enfermos, o heridos o en una edad avanzada y exponer animales en negocios de malas condiciones sanitarias.
Por otro lado, serán considerados actos de crueldad practicar la vivisección con fines que no sean científicos, mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que lo sea para salvar su vida; efectuar intervenciones quirúrgicas que produzcan dolor sin anestesia y/o sin poseer título de médico veterinario; abandonar a los animales luego de haber sido sometidos a experimentación; causar la muerte por alevosía y/o ensañamiento; realizar actos públicos o privados de riñas de animales, robar a un animal para su posterior venta, con o sin fines lucrativos, entre otras acciones.
FUENTE: MINUTOUNO.COM